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Movilidad sostenible

Programa AUTO+: Movilidad sostenible

El Programa Auto+ es el nuevo plan de ayudas del Gobierno de España para impulsar la compra de vehículos eléctricos y electrificados en coordinación con las CC.AA. a partir de 2026, sustituyendo al anterior Plan MOVES.

Ayudas para la compra de vehículos eléctricos o híbridos.

El Programa Auto+ es una medida y compromiso del Gobierno de España incluida en el Plan Auto 2030 y cuenta con una dotación presupuestaria de 400 millones de euros para 2026.

Para ser considerados elegibles dentro del Programa Auto+, los vehículos tienen que cumplir dos requisitos mínimos: que tengan etiqueta CERO y que no superen los límites de precios establecidos. Todos los precios de vehículos se entenderán como precios en factura, sin impuestos y después de realizar descuentos comerciales.

¿Desde cuándo se puede optar a las ayudas?

Se aplicarán las ayudas a las compras realizadas desde el 1 de enero de 2026, una vez que se publique la convocatoria.

¿Quiénes serán los beneficiarios?

• Las personas físicas.

• Las empresas con personalidad jurídica propia y las personas físicas que desarrollen actividades económicas, siempre que se encuentren dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria

¿Qué vehículos pueden recibir ayudas?

Las ayudas tienen como objetivo la adquisición directa y/o leasing/renting (renting en el caso de autónomos y empresas) de vehículos a motor electrificados, pudiendo adquirirse:

1. Turismos de hasta 9 plazas (categoría M1).

2. Furgonetas o camiones ligeros cuya masa máxima no sea superior a 3,5 toneladas (categoría N1).

3. Motocicletas, siempre que tengan velocidad de diseño superior a los 45 km/h, propulsadas exclusivamente por motores eléctricos, homologadas como vehículos eléctricos, con una potencia del motor igual o superior a 3 kW y una autonomía mínima de 70 km (categorías L3e, L4e y L5e).

4. Cuadriciclos ligeros cuya masa en vacío sea inferior o igual a 350 kg, no incluida la masa de las baterías, cuya velocidad máxima por construcción sea inferior o igual a 45 km/h, y potencia máxima inferior o igual a 4 kW (categoría L6e).

5. Cuadriciclos pesados cuya masa en orden de marcha (no incluido el peso de las baterías) sea inferior o igual a 450 kg en el caso de transporte de pasajeros y a 600 kg en el caso de transporte de mercancías, y que no puedan clasificarse como cuadriciclos ligeros (categoría L7e).

Las ayudas se concederán para la adquisición de:

a). Vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda.

b). Otros vehículos adquiridos a través de un concesionario o punto de venta del grupo fabricante/importador cuya primera matriculación como vehículo nuevo se haya efectuado en España con fecha igual o posterior al 1 de enero de 2025.

¿Cuál es la cuantía máxima que se puede recibir?

En la tabla siguiente se muestra la cuantía máxima de ayuda por tipo de vehículo, teniéndose en cuenta que para las categorías M1 y N1 los puntos de venta ofrecerán, de manera adicional, un descuento de al menos 1.000€ sobre el precio de venta:

Importe máximo de ayuda para autónomos y empresas de hasta 10 trabajadores:

M1 4.500€ 6.000€

N1 5.000€ 7.500€

L3e, L4e y L5e 1.100€ 1.100€

L6e y L7e 1.500€ 1.100€

¿Qué tipo de vehículo podré adquirir para cumplir con el criterio eléctrico?

• Vehículo eléctrico puro: vehículos eléctricos de batería (BEV) y vehículos eléctricos de célula de combustible (FCEV).

• Vehículo electrificado: vehículos eléctricos de autonomía extendida (EREV) y vehículos eléctricos híbridos enchufables (PHEV).

¿Qué tipo de vehículo podré adquirir para cumplir con el criterio Económico?

Para optar a la ayuda, el precio del vehículo adquirido sin impuestos no podrá superar los siguientes umbrales:

M1: 45.000€

N1: Sin limitación

L3e, L4e y L5e: 10.000€

L6e y L7e: Sin limitación

La limitación de precio para categoría M1 no aplicará para vehículos eléctricos puros de 8 o 9 plazas en el caso de que el beneficiario fuera un autónomo o una empresa. Todos los precios de vehículos se entenderán como precios en factura, sin impuestos y después de realizar descuentos comerciales.

¿Qué tipo de vehículo podré adquirir para cumplir con el criterio Europeo?

El 25% de la ayuda por este criterio está destinado a aquellos vehículos con proceso de fabricación en la UE.

¿Qué papel jugarán los concesionarios en la gestión de ayudas?

Los concesionarios, puntos de venta y empresas de renting podrán ayudar a tramitar las solicitudes de ayuda, siempre que se trate de empresas autorizadas para la comercialización de vehículos mediante venta o renting que operen en el territorio español.

¿Cuántas ayudas se pueden conceder a un solo beneficiario?

Las ayudas quedan limitadas a 1 vehículo por beneficiario. En el caso de que el beneficiario fuera un autónomo, se podrá obtener un máximo de 3 vehículos con ayuda y si fuera una empresa, de 10 vehículos con ayuda.

¿Son compatibles estas ayudas con las del MOVES FLOTAS PLUS?

No, el Programa Auto+ no es compatible con el MOVES FLOTAS PLUS.