¿Eres autónomo y vendes en plataformas digitales? ¡Comunica los datos de tu negocio!
El Consejo de Ministros aprobó hace ya unos meses el Real Decreto 117/2024, que culmina la transposición de la Directiva UE 2021/514, conocida como DAC 7.
Esta normativa obliga a los autónomos que venden en plataformas digitales a comunicar ciertos datos de su negocio a Hacienda.
No cumplir con esta obligación puede suponer:
- Multas de hasta 300 euros.
- Paralización de la actividad.
Este es el primer año en que la Agencia Tributaria ha comenzado a solicitar esta información a las plataformas digitales. La declaración de datos deberá realizarse en enero de cada año, comenzando en 2025 para los datos del ejercicio 2024.
¿A qué vendedores afecta?
las plataformas deben comunicar las operaciones de vendedores que, durante el año, hayan vendido más de 30 artículos o hayan obtenido ingresos superiores a 2.000 euros.
¿Qué datos se deben facilitar a Hacienda?
Los negocios que operan en plataformas digitales deben proporcionar información actualizada del año en curso. Estas plataformas están obligadas a conservar dicha información durante diez años tras la finalización del periodo correspondiente.
Los autónomos que utilizan plataformas digitales para vender productos o alquilar propiedades, como Airbnb, están obligados a proporcionar ciertos datos a estas plataformas, que posteriormente se remitirán a Hacienda.
Los datos requeridos incluyen:
- Nif
- Nombre y apellidos.
- Razón social en caso de empresas.
- Identificación de la plataforma
- Información de la cuenta bancaria donde se reciben las operaciones.
- Datos del titular de la cuenta si es diferente al vendedor.
- Contraprestación acordada en cada operación.
- Una lista detallada de todas las transacciones realizadas, incluyendo tasas, comisiones e impuestos retenidos por la plataforma, de forma trimestral.
¿Qué modelo hay que usar para facilitar los datos a Hacienda?
Hacienda ha implementado el modelo 238, conocido como Declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas.
La normativa obliga a las plataformas a informar sobre:
- Operaciones de compraventa de bienes y servicios.
- Alquiler de inmuebles.
- Medios de transporte.
En el ámbito de las ventas de bienes las plataformas deben comunicar las operaciones de vendedores que, durante el año, hayan vendido más de 30 artículos o hayan obtenido ingresos superiores a 2.000 euros.
La responsabilidad de las plataformas digitales
Estas plataformas tendrán que contactar a los vendedores para solicitarles la información necesaria. De esta manera, se facilita a Hacienda detectar posibles ingresos no declarados y verificar el cumplimiento fiscal en el IRPF o el Impuesto sobre Sociedades, así como en el IVA, cuando sea aplicable.
No obstante, hay más obligaciones y es que no solo tendrán los negocios que vendan en plataformas digitales facilitar sus datos sino que todas las empresas van a tener que comunicar quiénes son titulares.
En línea con la obligación mencionada de facilitar datos de contacto por parte de las empresas que vendan en plataformas digitales, encontramos una nueva obligación:
A partir del 3 de febrero de 2025 las empresas que operen en España deberán comunicar a la Agencia Tributaria quiénes son sus propietarios reales.
Esta medida está contemplada en la Ley 13/2023, de 24 de mayo, para combatir el fraude fiscal, y tiene como objetivo impedir que los delincuentes oculten su identidad y sus ingresos ilegales.
¿Quiénes deben cumplir con esta obligación?
Deberán informar sobre quiénes son sus propietarios:
- Todas las empresas con actividad en España.
- Negocios que abonen rentas sujetas a retención.
- Empresas extranjeras con establecimientos permanentes en España.
- Entidades en régimen de atribución de rentas (como herencias o sociedades civiles).